CREES

Posición sobre una Ley de Responsabilidad Fiscal para República Dominicana

Autor: Miguel Collado Di Franco

Fecha: 6 de junio del 2023

Desde el CREES hemos venido abogando por la aprobación de una ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal desde el año 2013. En dicho año, cinco diputados sometieron un proyecto de ley elaborado por esta institución y la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS).

Es un avance que este tema sea discutido en la actualidad, y que desde el gobierno se introdujera al Congreso Nacional un proyecto de ley en este sentido. Incluso, con un régimen de consecuencias para las infracciones. Vemos de forma positiva que desde las autoridades se plantee el establecimiento de un compromiso para reducir la deuda y para limitar el crecimiento del gasto. De igual forma, que en el proyecto se contemple que las iniciativas de ley para ampliar las funciones del Estado, o que impliquen el aumento del gasto, deban identificar las fuentes del financiamiento de las nuevas erogaciones.

Sin embargo, entendemos que, tal como lo plasmamos desde la primera versión del proyecto de CREES, hace 10 años atrás, el país se beneficiaría de una ley que contenga reglas fiscales que, de forma explícita propongan una reducción mayor del endeudamiento público en un plazo más rápido. Incluso, permitiendo la creación de un fondo de estabilidad fiscal (fondo soberano).

Entendemos que la situación actual del endeudamiento consolidado del Estado Dominicano, respecto a su costo como porcentaje de los ingresos tributarios, y a los riesgos de insostenibilidad que podría crear, amerita una reducción más rápida de la deuda. Con el fin de lograr dicha reducción de la deuda debería adoptarse un compromiso explícito para crear superávits fiscales en una ley que emane del Congreso Nacional. Estos excedentes entre los ingresos y los gastos totales permitirían la reducción de la deuda pública; no solo en términos relativos del PIB, como se plantea en el proyecto de ley recientemente depositado en el Congreso Nacional, sino de forma absoluta.

La principal consecuencia positiva de obtener excedentes fiscales sería que el peso del pago del servicio de la deuda se podría reducir de manera más rápida a la vez que se obtendrían mejores calificaciones por riesgo crediticio. Esto último abarataría el costo de las emisiones de deuda y, en sentido general, propiciaría una reducción de los costos de financiamiento en la economía dominicana.

Una ley de responsabilidad fiscal se beneficiaría de tener más de una regla fiscal, no solo una regla de gasto primario, como en el proyecto de ley depositado recientemente por las autoridades dominicanas. La inclusión, en conjunto, de reglas relacionadas con el balance fiscal para controlar los déficits, y de una regla que limite la deuda como porcentaje del producto interno bruto, permitirían tener mayor certeza a los agentes económicos sobre el compromiso de las distintas administraciones que se sucedan en la dirección del sector público de República Dominicana.

Un compromiso de reducción de la deuda en el mediano plazo, como el que muy bien se desea establecer mediante una ley, se vería favorecido con la inclusión de una regla de endeudamiento explícita. En tal sentido, el objetivo de deuda de mediano plazo podría ser considerado como una regla adicional en una revisión de la redacción del proyecto.

Entendemos que solo con excedentes fiscales el gobierno central podría contribuir con la capitalización del Banco Central de la República Dominicana (BCRD). Este compromiso debería estar presente en un proyecto de ley que aborde la deuda pública; al final, es el gobierno central el que deberá responder por la deuda del ente emisor de moneda. La reducción de la deuda del BCRD es uno de los objetivos del Fondo de Sostenibilidad y Estabilidad Fiscal introducido en el proyecto elaborado por CREES. Reglas que propicien los superávits fiscales se complementarían con un fondo soberano de este tipo. El fondo se alimentaría de los recursos de los excedentes de las ejecuciones presupuestarias, de los ingresos fiscales provenientes de las explotaciones mineras, de las ventas de activos y de cualquier ingreso extraordinario. Un fondo soberano podría suplir recursos en momentos en los cuales las recaudaciones sean afectadas por un imprevisto, como podría ser el caso de una catástrofe natural o un evento de salud pública similar a la pasada pandemia de Covid-19.

En vista de que las normas que tienen carácter permanente poseen la ventaja de la previsibilidad y la claridad, entendemos que se debería ponderar si es necesario que la única regla que contiene el proyecto, la de gasto primario, pueda ser modificada ante cambios estructurales y permanentes en las recaudaciones. Desde un punto de vista de compromiso con la reducción del endeudamiento público, de producirse incrementos de ingresos tributarios estos deberían aprovecharse para acelerar el desmonte de la deuda pública consolidada. El compromiso con la reducción debería ir más allá de llevar la deuda del Gobierno General Nacional al 40% del producto interno bruto. El porcentaje no tendría por qué limitarse solo al 40% y el alcance podría extenderse, de manera que se reduzca la deuda estatal consolidada.

Para el beneficio de la credibilidad por parte de la población del compromiso de las diferentes autoridades a las cuales les toque hacer cumplir la ley de responsabilidad fiscal, sería pertinente que el órgano supervisor sea independiente. Su nombramiento, en consecuencia, no debería ser designado por el Ministerio de Hacienda, como se contempla en el proyecto de ley.

En sentido general, es positivo que se discuta una ley de responsabilidad fiscal, la cual debería tener carácter de orgánica. Esta es una oportunidad para los congresistas dotar a la República Dominicana de reglas que contribuyan a la reducción del monto absoluto de la deuda consolidada, a la creación de un fondo soberano y a la reducción del riesgo crediticio del país.

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