CREES

Autor: Ernesto Selman

Publicado originalmente: 11 de abril del 2018

Introducción

Con el decreto 286-13 se creó la Comisión para la Revisión y Actualización del Código de Trabajo de la República Dominicana para adaptarlo a una nueva realidad económica y jurídica. En sus considerando, el decreto presidencial hace referencia que bajo una nueva Constitución, una nueva legislación en materia de seguridad social y la integración al Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y Centroamérica (DR-CAFTA), se requiere reformar el Código de Trabajo. Correctamente, en el decreto presidencial se resalta que “desde hace décadas atrás, se ha puesto en evidencia una marcada tendencia de la evolución económica hacia el aumento del desempleo y la informalidad laboral, dejando fuera del alcance laboral a la gran mayoría de la población nacional”.

Una medida amplia de la desocupación laboral, publicada por el Banco Central de la República Dominicana (BCRD), ubica el desempleo en 15.6% de la Fuerza Laboral[1]. En adición a ello, un 58.7% del empleo está en la informalidad; es decir, casi 6 de cada 10 empleados opera en la informalidad, con menores ingresos y escasos beneficios laborales como entrenamiento y la seguridad social. De los 121,000 empleos que se generaron en 2017, el 85% se crearon en la informalidad y se destruyeron casi 26,000 empleos en el sector privado. Sólo con la generación de unos 44,000 empleos públicos se pudo apreciar un incremento de unos 18,000 empleos en la formalidad. Los costos locales de hacer negocios están limitando la inversión y la producción para generar mayores empleos y están promoviendo la actividad económica al margen del orden institucional.

Muchos elementos estarían penalizando la actividad económica en la formalidad, entre los que podemos mencionar: un sistema de impuestos complejo y con altas tasas, una lenta burocracia, la corrupción en la obtención de permisos, costos de energía elevados, costos de una justicia lenta, costos de transporte interno y costos laborales no-salariales, entre otros. Como sabemos, las empresas asumen costos adicionales al salario por cada empleo que generan. En este sentido, estimamos que el costo laboral no-salarial para las empresas de generar un puesto de trabajo formal es de 54% del salario que pagan a los trabajadores, lo que penaliza el empleo productivo en la legalidad. El principal factor que incrementa este costo no-salarial para generar un empleo formal es la modalidad de la cesantía laboral como lo contempla la legislación actual.

Cesantía laboral actual

En el Código de Trabajo actual se contempla que la cesantía se puede acumular por un período indefinido, lo que implica que con el paso del tiempo el costo laboral no-salarial se incremente. Si en un momento determinado una empresa enfrenta problemas en cuanto a sus operaciones y/o su desempeño, el costo de reestructurar la empresa es muy elevado. De hecho, una gran cantidad de empresas estarían con problemas de solvencia si se calculara el pasivo laboral contingente que representa la acumulación de pagos de cesantía a sus trabajadores.

El tema de la cesantía laboral es el que ha trancado las conversaciones tripartitas en torno a la reforma del Código de Trabajo dominicano. En este sentido, los representantes sindicales indican que la cesantía laboral actual representa una conquista laboral que no puede tocarse, con posiciones muy cerradas. En el contexto económico actual, la pregunta sería: ¿a quiénes beneficia la modalidad de cesantía laboral como está en la legislación actual? Con la destrucción de 26,000 empleos productivos privados formales y la generación de empleos principalmente en la informalidad, es una pregunta difícil de responder. Mirando hacia delante, el sistema actual no está beneficiando a los trabajadores dominicanos y mas bien los perjudica.

Obviamente, para los empleados actuales con un puesto de trabajo en la formalidad esto es un beneficio que no se puede modificar porque se convirtió en un derecho adquirido al momento de obtener ese empleo con las reglas de juego actuales. Sin embargo, los empleados actuales se perjudican porque pudieron tener un salario mayor si este costo se limitara. A quienes mas perjudica el sistema actual con altos costos laborales no-salariales son a las personas desempleadas y los 6 de cada 10 dominicanos que laboran en la informalidad[2]. Aunque quieran trabajar en un empleo formal, no es posible porque ello no se está generando; sus oportunidades de alcanzar mayores ingresos y mas beneficios están muy limitadas.

La cesantía laboral busca que los trabajadores desahuciados puedan obtener unos ingresos en el período que no están laborando, en tanto encuentran un nuevo empleo. Con la cesantía, entonces, se busca evitar una disminución en la calidad de vida de los trabajadores cesantes durante el período de búsqueda de otro puesto de trabajo. En adición a su objetivo principal, el concepto de la cesantía laboral en la República Dominicana era proveer un mecanismo para el retiro por vejez de los trabajadores, lo que ya no se justifica. Luego de que se puso en ejecución el sistema de pensiones de capitalización individual, la cesantía laboral debe enfocarse solo en el concepto del período desde que se desahucia un trabajador hasta que encuentra un nuevo empleo.

De mantenerse el sistema actual, se mantienen unos elevados costos de emplear en la formalidad, perjudicando a los propios trabajadores. Unos porque no encuentran empleos, otros porque solo encuentran puestos de trabajo en la informalidad y los que consiguen trabajo en la formalidad porque sus salarios serán menores del potencial que pudiesen obtener sin las distorsiones mencionadas. La República Dominicana requiere de reformas importantes al Código de Trabajo para corregir las distorsiones que limitan la generación de más y mejores empleos en la formalidad. Un conjunto de reformas fundamentales debe asumirlo los representantes sindicales, si realmente buscan beneficiar a los trabajadores dominicanos.

Propuesta de reforma: seguro de cesantía o de desempleo

El tema de la reforma a la cesantía laboral se ha discutido desde hace años y se incluyó en la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo (END), la cual entró en vigencia en el año 2012. Según la END, esta modificación debió entrar en vigencia “en un plazo no mayor de dos (2) años” luego de promulgada esa ley orgánica. Específicamente, en el artículo 31 (Reformas asociadas al tercer eje), literal 2 se lee:

Se decidirá sobre la conveniencia de modificar el sistema de cesantía,

paralelamente a la creación de un seguro de desempleo mediante el diálogo de

los sectores estatal, laboral y empresarial y respetando los derechos adquiridos

de los trabajadores, en un plazo no mayor de dos (2) años. En adición, se

procederá a adecuar la legislación laboral, a fin de modificar las disposiciones

que distorsionan los procedimientos judiciales y deterioran las buenas

relaciones del sector laboral.

Como se desprende de este párrafo, se busca transformar el sistema de cesantía actual a un seguro de desempleo o de cesantía. En muchos países existen seguros de desempleo públicos, donde se transfieren recursos a las personas que pierden su empleo. Este tipo de esquemas son subsidios que provienen de los recursos de los contribuyentes a través de pago de impuestos. Además de que son esquemas costosos y que se pueden prestar a la manipulación política y la corrupción, estos mecanismos no crean los incentivos correctos para hacer el mejor uso de los recursos ni para promover el reentrenamiento de los trabajadores ni la búsqueda rápida de nuevos puestos de trabajo. En adición a ello, ningún país puede asumir un esquema de seguro de desempleo público con limitaciones financieras, con déficit fisc

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