
A agosto de 2022 el número de empleados públicos se había incrementado en 49,207 personas
De acuerdo con los datos de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), a agosto de 2022 el número de empleados públicos ascendía a 680,555 personas. Esto significa un incremento de 49,207 empleados, equivalente a un 7.8%, en comparación con la cantidad al cierre de diciembre de 2021. En comparación con agosto de 2021, el incremento es de 86,707 empleados, equivalente a un 14.6%
De igual forma, el salario promedio cotizable del sector público fue de RD$36,206.0 en agosto de 2022, lo que significa un incremento de RD$2,013.2, equivalente a 5.9%, en comparación con el monto de diciembre de 2021. El nivel el salario promedio cotizable del sector público de agosto representa un costo promedio anual para los contribuyentes de RD$470,678.4 por cada asalariado gubernamental; esto solo en términos de salario, sin contar el pago de la seguridad social por cada trabajador.
Por otro lado, según los datos del mercado laboral de República Dominicana publicados por el Banco Central, entre el último trimestre de 2021 y el segundo trimestre de 2022 el número de ocupados formales solo aumentó en 21,636 personas.
El bajo crecimiento de los ocupados formales en comparación con el aumento de los empleados públicos antes mencionado muestra una situación que debe preocupar. En los últimos dos trimestres la capacidad de la economía para generar empleos formales privados fue muy baja; o negativa, ya que pudieron haberse perdido empleos. Es cierto que las cifras de la TSS provienen de registros administrativos y que los datos de la encuesta de trabajo son muestrales; sin embargo, la comparación no debería estar lejos de la realidad.
Las cifras revelan la necesidad de mejorar el clima de negocios, corrigiendo las condiciones de altos costos y baja productividad, y propiciando la creación de una mayor cantidad de empleos productivos formales.
Es preciso mencionar que en julio de 2022 entró en vigor una restricción para el ingreso de nuevo personal gubernamental por lo que resta del año. En consecuencia, el incremento entre julio y agosto debería únicamente representar el registro de ingreso de un personal que ya estaba en proceso de contratación, previo a la restricción.
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