Autor: Miguel Collado Di Franco
La transparencia es fundamental para la confianza en las relaciones humanas y, por consiguiente, es imprescindible para el funcionamiento de una sociedad. Cuando se trata de la administración pública, la transparencia adquiere una dimensión más importante, dado el origen de los fondos públicos, los cuales provienen de impuestos, presentes y futuros. Es decir, de los fondos que en los periodos corrientes desembolsamos en forma de impuestos, y de aquellos que en el futuro se requerirá para pagar las deudas contraídas en la actualidad.
Para 2015, el presupuesto general del Estado dominicano contempla como gastos la suma de RD$529,316 millones. Para poner en perspectiva cuánto representan mil millones de pesos, es posible realizar un ejercicio ilustrativo. Podríamos suponer que una familia recibe el total de ese monto de dinero en pagos mensuales idénticos de RD$100,000 a lo largo del tiempo. En ese ejemplo, la familia necesitaría 833 años para recibir los mil millones de pesos; es decir, más de ocho siglos. El punto a resaltar es que nos acostumbramos a manejar ciertas cifras que representan sumas muy importantes de dinero.
Cuando se trata de montos tan significativos como los que se están presupuestando y gastando en República Dominicana, y que son extraídos de los impuestos presentes y futuros de los contribuyentes, su administración amerita una ejecución transparente.
¿Cómo se define la transparencia fiscal?
El Manual de Transparencia Fiscal del Fondo Monetario Internacional proporciona una definición simple y útil: “La transparencia fiscal supone un esfuerzo por informar al público sobre las actividades pasadas, presentes y futuras del gobierno y sobre la estructura y las funciones gubernamentales que determinan las políticas y los resultados fiscales.”
A partir de esta definición, queda claro que los ciudadanos deben contar con información pasada, presente y futura sobre la administración de los fondos públicos; en adición, debe estar clara la estructura del Estado y adonde son dirigidos los fondos públicos.
En consecuencia, los ciudadanos deben contar con información sobre:
- Estructura del Estado y funciones de los órganos que le componen, ya que esta representa la génesis de los requerimientos de fondos públicos, y de la complejidad administrativa que, a su vez, dificulta la transparencia;
- Informes y reportes sobre la ejecución presupuestaria que expresen, de manera verificable, el destino de los fondos públicos; así como información sobre los pasivos y deudas debidamente documentados y autorizados; al igual que los montos de avales y garantías otorgados por el Estado; y cualquier otra información relevante para demostrar claridad en la administración financiera del Estado;
- Planificación fiscal, que debe abarcar los presupuestos plurianuales; así como la política de gasto, ingresos y endeudamiento planificada para el cumplimiento de dicho presupuestos; y
- Proyecciones sobre los resultados económicos y financieros esperados, que deben ser revisadas de forma periódica.
Los elementos anteriores indican que los informes sobre la situación presente de los ingresos, gasto y endeudamiento son importantes, pero no suficientes. Existen más elementos que deben ser suministrados al público con el fin de formar un conjunto coherente de información fiscal. En adición, esos elementos no deben limitarse al presente, sino que trascienden el ejercicio del presupuesto anual.
Cuando se toma en cuenta el conjunto de los cuatro elementos listados, queda claro que una práctica de transparencia debe partir de la estructura misma del Estado. Mientras más compleja, mayores son los esfuerzos necesarios para poder administrarla, y más costosa resultará para los ciudadanos que deben mantenerla con recursos provenientes de sus ingresos. De igual forma, los esfuerzos de transparencia continúan con las políticas futuras, como es el caso de República Dominicana que tiene pendiente un Pacto Fiscal por mandato de una legislación, sobre cuyo su incumplimiento en este año no se ha divulgado toda la información requerida por la sociedad.
Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal: instrumento para una mejor administración pública
Desde octubre de 2013, el país cuenta con un proyecto de Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal (LRTF). El proyecto fue elaborado en conjunto por CREES y la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), e introducido a la Cámara de Diputados en ese mismo mes. Esta legislación, junto con una Reforma Integral al Código Tributario, serían las bases para el Pacto Fiscal que ordena la ley 01-12 de Estrategia Nacional de Desarrollo.
En lo relativo a la transparencia fiscal, la LRTF ayudaría a que, tanto funcionarios como contribuyentes puedan contar con un instrumento que les permita: a) tener lineamientos claros sobre la información mínima que es necesaria para mantener una apropiada rendición de cuentas, y b) poder verificar el cumplimiento de las normas de transparencia.
Uno de los principales elementos introducidos en el proyecto de ley es la creación de una Oficina Congresual de Presupuesto y Análisis Económicos (OCPAE). El objetivo principal de la OCPAE es asistir al Senado y a la Cámara de Diputados por medio del análisis y estudio de la ejecución presupuestaria, y de las propuestas de presupuesto del Estado y sus modificaciones.
El Congreso, como órgano independiente del Poder Ejecutivo, debe jugar un papel importante en la supervisión del proceso de transparencia. Por eso, entre las funciones de la OCPAE, estaría realizar estudios puntuales para la verificación del cumplimiento de las metas y condiciones de ejecución presupuestaria previstas.
En su Título V, sobre Transparencia Fiscal, el proyecto de Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal incluye 16 documentos que deben ser publicados con el fin de hacer más transparente la administración fiscal. Al igual que para proporcionar información sobre el cumplimiento de la misma ley. Los principales documentos e informes, categorizados, se resumen en la tabla.
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El proyecto de la LRTF establece que la información relacionada con la gestión financiera del Estado tiene carácter de información pública, y su acceso y tratamiento se realiza de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 200-04, sobre Libre Acceso a la Información Pública. El Párrafo I del Artículo 32 del proyecto de ley establece que la falta de publicación o la publicación errada o incompleta de los informes, datos y documentos contemplados dentro de ese artículo, será sancionada con las penas que prevé el Art. 30 de la Ley Libre Acceso a la Información Pública.
De forma general, en lo relativo a la rendición de cuentas el proyecto de Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal busca que las instituciones que inciden en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado (SIAFE) coordinen sus esfuerzos para suministrar las informaciones relacionadas con la gestión financiera del Estado.
Conclusión.
A nivel internacional y local existe una gran preocupación por la promoción de mejor rendición de cuentas a nivel público. La buena gestión de cualquier gobierno está relacionada con la confianza que puedan tener los ciudadanos de la manera como es empleada la porción de sus ingresos que ceden en forma de impuestos.
La transparencia también es importante por cuanto permite tener una mejor perspectiva sobre el panorama fiscal de un país. Ante el incremento constante de la deuda pública dominicana, y el considerable peso de su servicio sobre los ingresos, es necesario que las mismas autoridades, a todos los niveles, estén claras sobre la perspectiva fiscal del país. Entendemos que una Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal sería un instrumento idóneo para ejecutar una administración gubernamental comprometida con la información y con el manejo prudente de las finanzas públicas.
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